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ESPAÑA

OPINIONES DE LOS LECTORES (1)

PJCyM»

09/02/2010 (13:17)

PJCyM

1.-Señor Rajoy, los contratos temporales tienen una indemnización de 8 días por año a la finalización del tiempo pactado en el contrato.

En Construcción, esa indemnización es un porcentaje del total percibido por el trabajador durante la duración de dicho contrato.

Estaba usted en el Gobierno del PP cuando fue aprobada esa indemnización, que anteriormente no existía. RD 2720/1998; articulo 1 Ley 12/2001 y otras disposiciones.

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